El Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es un documento oficial que evalúa cuánta energía consume una vivienda o edificio y cuánto CO₂ emite en condiciones normales de uso.
Es algo así como “la etiqueta energética” que tienen los electrodomésticos, pero aplicada a los inmuebles.
El certificado clasifica el edificio con una letra de la A a la G:
•A (verde oscuro): vivienda muy eficiente (consume poca energía).
•G (rojo): vivienda poco eficiente (consume y contamina mucho).
🔹 ¿Quién lo realiza?
Debe hacerlo un técnico competente, normalmente un arquitecto o ingeniero colegiado, que visita la vivienda, toma medidas, analiza instalaciones (calefacción, refrigeración, agua caliente, iluminación, etc.) y usa un software homologado por el Ministerio de Industria para calcular la eficiencia.
🔹 ¿Cuándo es obligatorio?
El CEE es obligatorio en España para:
•Vender o alquilar una vivienda, local o edificio.
•Obras nuevas o reformas integrales.
•Edificios públicos o de uso administrativo.
El propietario debe mostrar la etiqueta energética en los anuncios (por ejemplo, en Idealista o Fotocasa) y entregar el certificado al comprador o inquilino.
🔹 ¿Qué incluye el certificado?
1.Datos del inmueble (superficie, ubicación, año de construcción).
2.Consumo energético y emisiones estimadas.
3.Calificación de la A a la G.
4.Recomendaciones de mejora (aislamiento, ventanas, equipos, etc.) para aumentar la eficiencia.
🔹 ¿Cuánto dura y cuánto cuesta?
•Validez: 10 años.
•Precio: depende del tamaño del inmueble y la zona.
🔹 ¿Por qué es importante?
•Es requisito legal para vender o alquilar.
•Mejora la imagen del inmueble (una buena calificación da más confianza).
•Permite al propietario conocer oportunidades de ahorro energético.
Es un documento vivo que recopila la información técnica de un edificio existente y planifica su rehabilitación. Incluye el estado de conservación, manual de uso y mantenimiento, certificación energética y un plan de actuaciones a medio y largo plazo con prioridades y ahorros esperados. 
Para qué sirve
•Ofrece una radiografía completa del inmueble y un itinerario de mejoras (energía, accesibilidad, conservación…).
•Es requisito para acceder a ayudas públicas (Programa 5 del Real Decreto 853/2021).
Contenidos mínimos (según Anexo I del RD 853/2021)
•Bloque I:
•Documentación y estado de conservación (tipo ITE/IEE).
•Manual de uso y mantenimiento del edificio/instalaciones.
•Comportamiento energético (incluye CEE).
•Bloque II:
•Diagnóstico del potencial de mejora.
•Plan de actuaciones priorizado con objetivos de ahorro (30 %, 45 %, 60 % según casos).
•Bloque III / Resumen para propietarios (según modelos de colegios y oficinas de rehabilitación).
Quién lo redacta
Lo elabora un técnico competente (arquitecto/a u otros perfiles habilitados según LOE) con capacidad para evaluar el edificio y programar actuaciones.